SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1341/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
III.2.
III.2.En el caso que se examina, al haberse evidenciado que efectivamente y tal como los co-recurridos Carlos Luis Blanco Flores como Vicepresidente del directorio del edificio “Alianza” y el abogado Manuel Vicente Orozco Loza amenazaron a la recurrente mediante Acta de asamblea de copropietarios del edificio y por carta de 19 de abril de 2004, respectivamente, con el corte del servicio de agua potable de su departamento ante la morosidad de su deuda por mantenimiento y servicios del mismo, y finalmente la directiva de dicho edificio suspendió el 50% del servicio de agua potable de la referida propiedad horizontal, por consiguiente lesionaron los derechos a la salud, a la seguridad jurídica, a la dignidad y la garantía del debido proceso de la actora y su bebé, por lo que corresponde otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- El co-recurrido Joaquín Rejas
- El abogado co-recurrido Manuel Vicente Orozco Loza
- La abogada co-demandada María Teresa Montaño Ferrufino
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- pasadas los 60 días de su emisión
- 'ninguna persona particular está facultada para tomar medidas de hecho, pues de así hacerlo no sólo abusa de su derecho, sino también lesiona principalmente los derechos a la dignidad, a la vida y a la salud
- III.2.
- III.3.
- III.4.