Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1366/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
II.5.
II.5. El 13 de mayo de 2004, el actor solicitó al Fiscal de Turno requiera para que los recurridos extiendan certificación sobre los motivos de su separación como candidato al Consejo de Administración y señalen quienes efectuaron denuncias contra su persona (fs. 28), habiéndose expedido el respectivo requerimiento el 14 de mayo, constando que el recurrido Alejandro Titichoca fue notificado en esa fecha, a hrs. 16:50 (fs. 28 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1.
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- 2.Cuando el derecho de petición se constituye en un medio para obtener la efectividad de otro derecho fundamental, puede protegerse de manera inmediata.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- REVOCAR