SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1427/2004-R

Fecha: 03-Sep-2004

III.3.

III.3.   En esa perspectiva, como lo establece claramente la SC 489/2003-R, de 15 de abril: “para dilucidar la problemática de fondo planteada por la recurrente resulta importante recordar que este Tribunal, interpretando la naturaleza y alcances del derecho a la seguridad jurídica, ha adoptado la definición establecida por la doctrina señalando que es 'condición esencial para la vida y el desenvolvimiento de las naciones y de los individuos que la integran. Representa la garantía de la aplicación objetiva de la ley, de tal modo que los individuos saben en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los gobernantes pueda causarles perjuicio'. De otro lado, en el AC 287/99 de 28 de octubre, interpretando los alcances del derecho a la seguridad consagrado por el art. 7 inc. a) de la Constitución, este Tribunal ha entendido que el mismo comprende la seguridad jurídica, señalando expresamente lo siguiente: