SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1488/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1488/2004-R

Fecha: 17-Sep-2004

a)

El recurrido Elmer Pardo Céspedes, presentó informe escrito -al que se adhirió el recurrido Manuel Mercado Rojas-, cursante a fs. 92, que ratificó y amplió en audiencia, en el que alegó lo siguiente: a) según manifiestan en su recurso, luego de ser negada su solicitud de aplicación del Sistema Educativo Policial y su Reglamento, por la Dirección de la ANAPOL y la Dirección de Instrucción y Enseñanza, acudieron ante el Comando General de la Policía Nacional, el 10 de marzo, instancia de la que no recibieron respuesta todavía; lo que implica que habiendo una vía pendiente, el recurso es improcedente por subsidiariedad; señalan como precedente la SC 258/2002 de 13 de marzo; y b) las normas previstas por el art. 17 de la Ley de Procedimiento Administrativo, expresan que el plazo para dictar una resolución es de seis meses, el cual no se agotó en la petición del recurrente. Finalizan pidiendo la improcedencia del recurso.