Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1488/2004-R
Fecha: 17-Sep-2004
II.5.
II.5. El 9 de febrero de 2004, el recurrente por sus mandantes, mediante memorial en el que se expone similares argumentos al presente recurso de amparo constitucional, pidió al Director Nacional de Instrucción y Enseñanza, ordene al Director de la ANAPOL la aplicación del Sistema Educativo Policial y por ello la reincorporación de sus mandantes al octavo semestre de la gestión académica; solicitud que fue rechazada mediante nota de 4 de marzo de 2004, con similares argumentos que los expuestos por el Director de la ANAPOL (fs. 22 a 24).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- por disposición expresa del art. 22 del referido Reglamento el Consejo Consultivo, se constituye en el Tribunal de apelación para cadetes;
- III.2.
- (fs. 21),
- III.3.
- III.4.
- REVOCA en parte