SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1494/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1494/2004-R

Fecha: 16-Sep-2004

II.12.

recurridos anularon obrados hasta fs. 51 inclusive, y ordenaron que la pretensión de la ejecutada sobre presuntos honorarios se tramite en la vía incidental, con citación personal de la parte adversa, sometiendo en su caso a prueba para recién resolver, conforme a los arts. 119, 120, 149 y 152 del CPC, aduciendo que todo lo obrado con notificaciones en domicilio procesal que ya no corre por haber fenecido el proceso, o en tablero del juzgado son ilegales e injustos y dieron lugar a un indebido proceso y a la indefensión de la apelante; irregularidades que constituyen vicios de nulidad previstos por los arts. 252 y 254 inc.7) del CPC, justificándose de esa manera en parte los agravios invocados por la apelante.