SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

II.2.

II.2. La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en conocimiento del recurso de casación interpuesto contra la Resolución descrita precedentemente, dictó el Auto Supremo 71 de 9 de febrero de 2004, mediante el cual dejó sin efecto la Resolución recurrida, pues el Tribunal debió aplicar las normas previstas en el art. 399 del CPP, que mandan otorgar tres días de plazo para que el apelante precise su impugnación, y no declarar improcedente el recurso, por lo que en la parte resolutiva, dispuso que la “Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz, cumpla con la doctrina legal establecida al respecto” (sic.) (fs. 8 y 9)