Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
II.3.
II.3. El 11 de marzo de 2004, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, mediante proveído, en cumplimiento al Auto Supremo 71 de 9 de febrero de 2004 dispuso la aplicación de las normas previstas por el art. 399 del CPP y, en consecuencia, que el apelante - representado en el presente recurso - exprese el cumplimiento de los preceptos de los arts. 407 y 408 del CPP (fs. 16).