SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1548/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó su demanda y la amplió señalando que en el acta de la reunión en la que se emitió la Resolución 03/2004, no existen las firmas de los directores que supuestamente intervinieron en dicha reunión y menos existió una moción para derogar las resoluciones con las que fue contratado. Se incumplió los arts. 27 del Estatuto Orgánico, 9 y 10 del Reglamento Interno, ya que para un eventual retiro debió seguirse un previo proceso, conforme el art. 32 del Decreto Supremo (DS) 26115, además el Directorio y el Gerente General no tienen facultad para anular contratos civiles ni para retirar personal sin previo proceso, pues jamás se cuestionó su trabajo, el que incluso fue valorado en el memorando de despido.
En uso de la réplica manifestó que como consecuencia de la falta de aprobación al addendum, el primer contrato que cumple con las formalidades de ley quedó plenamente en vigencia. De otra parte, la Resolución del directorio no tiene relación con el acta del directorio porque varios de los directores expresaron que no tendría que rescindirse el contrato, además que en la reunión del 18 de junio no concurrió el Presidente del Directorio siendo dirigida por el Vicepresidente, empero aquél firmó la Resolución de agradecimiento de servicios incurriendo en un acto ilegal. Por último, el Gerente interino no contaba con una resolución de ratificación del Directorio en su cargo.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando en los contratos civiles con prestaciones recíprocas una de las partes incumple por su voluntad su obligación, la parte que ha cumplido puede pedir judicialmente el cumplimiento o la resolución de contrato, más el resarcimiento del daño
- III.2.