Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1548/2004-R
Fecha: 27-Sep-2004
II.6.
II.6. Por contrato de 21 de junio de 2004, la EMAO representada por los recurridos Jaime Cuentas Yañez y Florencio García Veizaga, como Presidente y Gerente General interino de la EMAO, contrataron los servicios de Mirtha Leonor Azurduy Fuentes como asesora legal a tiempo completo por un año calendario a partir de 21 de junio de 2004 al 21 de junio de 2005 (fs. 24-25).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando en los contratos civiles con prestaciones recíprocas una de las partes incumple por su voluntad su obligación, la parte que ha cumplido puede pedir judicialmente el cumplimiento o la resolución de contrato, más el resarcimiento del daño
- III.2.