Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1582/2004-R
Fecha: 24-Sep-2004
II.5.
II.5. Mediante oficio de 30 de enero de 2004, el recurrente solicitó a la Presidenta del ente deliberante Rufina Sarzuri de Mamani su restitución al cargo de Alcalde Municipal de Charaña (fs. 114), petición que fue reiterada en el memorial de 13 de febrero de 2004 (fs. 53), para luego, el 26 de febrero del citado año, formular su reclamo a la Presidenta del Concejo porque sus peticiones de restitución al cargo de Alcalde no fueron atendidas, y solicitó una fotocopia legalizada del acta de la sesión del 14 de febrero del citado año (fs. 115).
- Eufren Carlos Troche Jiménez
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- III.3.
- Fragmento 19
- precisando para ello certeza o convicción firme de la existencia de un derecho suprimido, restringido o amenazado
- REVOCAR