SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1582/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1582/2004-R

Fecha: 24-Sep-2004

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo, declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) por Resolución 02/2004 de 29 de enero la Corte Nacional Electoral dispuso reponer al recurrente la credencial de Concejal Municipal de Charaña; 2) el 14 de febrero de 2004, el recurrente fue restituido en su cargo de Alcalde Municipal de Charaña, no obstante que su credencial de Concejal fue recogido recién el 2 de marzo del citado año; 3) la Resolución Municipal emitida por el Concejo Municipal 004/2004 de 14 de febrero, que restituyó al recurrente en su cargo de Alcalde Municipal de Charaña, no cumple con la norma establecida en los arts. 15 y 20 de la LM, referidos al quórum reglamentario para las sesiones del Concejo y la aprobación de las resoluciones que se adoptan por mayoría absoluta; 4) la Corte Nacional Electoral dispuso reponer la credencial de Concejal del recurrente, pero no dispuso su restitución en el cargo de Alcalde Municipal; 5) el presente caso no se encuentra dentro de los alcances de la norma del art. 19 de la CPE.