SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0013/2005-R

Fecha: 03-Ene-2005

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela de sus derechos a una remuneración justa por su trabajo, a la dignidad, a la igualdad, a formular peticiones y a la protección del trabajo, consagrados en los arts. 5, 6, 7 incs. h) y j), 156, 157 y 162.I de la CPE, que considera fueron vulnerados por los recurridos, ya que por su actuación en el proceso coactivo social que siguió el FOCSSAP contra FOPEBA, le regularon sus honorarios profesionales discriminándolo en relación al profesional de la parte contraria, y sólo por memoriales sueltos, obviando la aplicación de las normas previstas por los arts. 74 y 76 de la LA,  arguyendo que no anunció el tratamiento retributivo a que se sometería en el primer memorial. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la empresa representada por la recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.