SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2005-R

Fecha: 10-Ene-2005

I.2.2. Informe de las autoridades recurridas

Los recurridos a su turno, elevaron el informe de ley a través de su abogada, señalando que la recurrente presentó su caso en la Inspectoría del Trabajo; sin embargo, la misma no concurrió a las audiencias señaladas, por lo que dicho reclamo está pendiente de resolución, por cuanto pese a las tres citaciones a los recurridos, la autoridad laboral no habría resuelto; finalmente, que el amparo constitucional no es sustitutivo de otros recursos ordinarios; por lo que solicitaron se declare improcedente el presente recurso.