SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2005

Fecha: 28-Oct-2005

f)

f)     Indica que el DS 25504 no es una norma de aplicación retroactiva, no establece su vigencia temporal para hechos acaecidos antes de su entrada en vigencia, sino que regula simplemente los derechos que ya estaban definidos en una ley previa. Tanto la jurisprudencia nacional como la internacional acuerdan en considerar que podrán establecer que la ley nueva destruya o modifique un mero interés una simple facultado o un derecho en expectativa ya existente, pero no podrán, en  virtud de una ley nueva o de su interpretación, arrebatar o alterar un derecho patrimonial adquirido al amparo de la legislación anterior, pues, en este caso, el principio de la no retroactividad deja de ser una norma constitucional para confundirse con la garantía de la inviolabilidad de la propiedad reconocida por la Ley.