SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1259/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1259/2005-R

Fecha: 10-Oct-2005

Jaime Ampuero García, Héctor Sandoval Parada y José Luis Baptista Morales, ministros y ex Ministro  de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente, y Mirna T. Nuñez Vela y Lidia Moscoso Flores, vocales de la Sala Penal del Distrito Judicial de Beni

De acuerdo a lo expuesto, interponen recurso de amparo constitucional contra Jaime Ampuero García, Héctor Sandoval Parada y José Luis Baptista Morales, ministros y ex Ministro  de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, respectivamente, y Mirna T. Nuñez Vela y Lidia Moscoso Flores, vocales de la Sala Penal del Distrito Judicial de Beni, solicitando su procedencia, por ende, se deje sin efecto el Auto Supremo 594/04, de 13 de octubre de 2004; y, el Auto de Vista de 19 de agosto de 2004, disponiendo que la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, pronuncie un nuevo Auto de Vista, admitiendo la excepción de litis pendencia y ordenando que el Ministerio Público proceda a la investigación asumiendo las obligaciones contenidas en los arts. 45, 70 del Código de procedimiento penal (CPP) y el art. 6 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP).