Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1266/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
II.4.
II.4. Por Auto de 30 de mayo de 2003, el Juez recurrido realizando un saneamiento procesal revocó parcialmente el decreto de 12 de septiembre de 2002, en consecuencia: a) rechazó las excepciones opuestas por los representados de los demandados, que fueron admitidas con relación a la esposa del recurrente; rechazo que se funda en la omisión de presentación en dicho acto del mandato respectivo y b) dio por respondida la demanda por parte de la cónyuge del actor y previa a la admisión de la reconvención dispuso se subsane el defecto extrañado en el plazo de cuarenta y ocho horas (fs. 375 a 376).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2.
- sin haber utilizado
- APROBAR