Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1328/2005-R
Fecha: 21-Oct-2005
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurso se interpone contra María Teresa Rivero de Cusicanqui, José Luis Dabdoub López, Guido Chávez Méndez y Rodolfo Mérida Rendón, consejeros de la Judicatura, Ivonne Soria de Achá, Directora Distrital de la Judicatura de Cochabamba, solicitando se declare procedente el recurso de amparo constitucional y se declare la nulidad de las diligencias de notificación cursantes a fs. 450 vta. y 460 vta. del expediente original; además, se disponga la regularización del procedimiento de acuerdo a normas y garantías procesales, con costas, daños y perjuicios.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1.
- III.2.
- debido proceso,
- derecho a la defensa
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- las citaciones y notificaciones deben realizarse personalmente, por cédula en la oficina o despacho del funcionario o mediante fax