SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2005

Fecha: 11-Nov-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente interpone recurso directo de nulidad porque considera que el memorando por el que se le agradecieron sus servicios en el cargo de Médico Pediatra del Hospital Materno Infantil “Germán Urquidi” fue emitido sin competencia por el Director Técnico del SEDES, pues la gestión de recursos humanos en el área de salud en los municipios depende del DILOS. Por consiguiente, corresponde determinar si la autoridad recurrida, al emitir el  memorando  impugnado actuó con competencia o por el contrario sus actos caen dentro de la previsión del citado art. 31 Constitucional.