Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1401/2005-R
Fecha: 08-Nov-2005
II.3.
II.3. Por Auto de Vista de 21 de agosto de 2004, la Sala Civil Primera ya citada, en cumplimiento a lo ordenado por la SC 1084/2002-R, de 9 de septiembre de 2002, dispuso la excarcelación del representado del recurrente, para que sea conducido a Vallegrande y remitido al Ministerio Público (fs. 25 vta.). El 27 de agosto de 2004 el representado del recurrente prestó su declaración informativa policial (fs. 151 a 152), presentando el Fiscal de Materia de Vallegrande, el 28 del mismo mes y año, imputación formal contra el mencionado requiriendo además la detención preventiva del mismo, el que fue notificado personalmente el mismo día con dicha imputación (fs. 26 a 27).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sobre la denuncia contra el Fiscal de Materia de Vallegrande
- III.2. En relación a las actuaciones del Juez Primero de Instrucción de Vallegrande
- Fragmento 17
- III.3. Sobre el Auto de Vista resuelto por los vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- III.4. Con referencia al Juez de Partido y Sentencia de Vallegrande, constituido en Juez de amparo
- REVOCAR