SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1401/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1401/2005-R

Fecha: 08-Nov-2005

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo dictó Resolución declarando improcedente el recurso planteado con relación Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte, Beatriz Sandoval de Capobianco, vocales de la Sala Penal Segunda; Gilberto Robles Hurtado, Juez Primero de Instrucción y José Salvatierra Gonzáles, Fiscal de Materia de la provincia Vallegrande y procedente en cuanto a Jerónimo Menacho Caballero, Juez de Partido y Sentencia de Vallegrande, disponiéndose que de acuerdo a lo que prevé el art. 103 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) se ponga en conocimiento del Consejo de la Judicatura la infracción cometida por el citado Juez, con los siguientes fundamentos: a) los actos investigativos a los que está prohibido el Juez, se refieren especialmente a lo que corresponde a la comisión del delito y no a otros hechos ajenos, por lo que el Juez cautelar también examina si son idóneos los documentos que se presentan para viabilizar la sustitución de la detención, por otra parte el Juez de la causa ha procedido de acuerdo a lo dispuesto en las normas del procedimiento penal, además de haber cumplido lo determinado en el Auto de Vista de 14 de septiembre de 2004 dictado por la Sala Penal Segunda,  por último el rechazo de la solicitud de detención preventiva fue dispuesta por Auto de 24 de noviembre de 2004, con la debida fundamentación; b) el Fiscal adscrito al Juzgado de Instrucción de Vallegrande, el Juez Instructor de la misma localidad y los vocales de la Sala Penal Segunda, no han incurrido en actos ilegales u omisiones indebidas en la tramitación del proceso contra el representado del recurrente; y c) el Juez de Partido de Vallegrande no cumplió con lo dispuesto por la norma prevista por el art. 102.V de la LTC, puesto que no elevó en revisión la Resolución que dictó en el recurso de amparo constitucional puesto en su conocimiento.

En consecuencia, el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso planteado con relación Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte, Beatriz Sandoval de Capobianco, vocales de la Sala Penal Segunda; Gilberto Robles Hurtado, Juez Primero de Instrucción y José Salvatierra Gonzáles, Fiscal de la provincia Vallegrande y procedente en cuanto a Jerónimo Menacho Caballero, Juez de Partido y Sentencia de Vallegrande, ha efectuado una compulsa parcial de los antecedentes procesales y una inadecuada aplicación de las normas previstas por el art. 19 de la CPE.