SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1426/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1426/2005-R

Fecha: 08-Nov-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente en representación de FINDESA S.A.M. señala que los vocales recurridos vulneraron los derechos al trabajo y a la propiedad privada de la entidad a la que representa, puesto que ante el rechazo del Juez a quo del incidente de nulidad de obrados formulado por el garante hipotecario, en apelación  pronunciaron el Auto de Vista de 25 de agosto de 2004, disponiendo la nulidad del proceso, amparándose ilegalmente en la SC 0136/2003-R, de 6 de febrero, puesto que la misma fue pronunciada con posterioridad a la sustanciación del proceso ejecutivo, así como del Auto de adjudicación del inmueble dado en garantía de propiedad de ejecutado y del garante hipotecario, más aun cuando el mismo Tribunal Constitucional a través de la SC 0097/2004-R, de 21 de enero, estableció que los efectos de una Sentencia Constitucional o de una ley, regirán a posteriori. Consecuentemente, en revisión, se debe analizar si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.