SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
con el que la mandante del recurrente fue legalmente citada, habiéndose apersonado dentro del proceso y prestado su declaración, además de haber apelado de la resolución final.
A la finalización de la investigación previa, Fernando Pinto Suárez presentó el informe 111/2004 sin fecha de fs. 60 a 62, sugiriendo la apertura de proceso disciplinario contra la representada del recurrente. Sobre esa base, el Director Distrital del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz dictó la Resolución 52/2004, de 15 de abril, cursante de fs. 63 a 64, designando al Tribunal Sumariante. Notificados los miembros del Tribunal Sumariante con esta Resolución, pronunciaron el Auto de Apertura de Proceso Disciplinario 55/2004, de 22 de abril de fs. 66, con el que la mandante del recurrente fue legalmente citada, habiéndose apersonado dentro del proceso y prestado su declaración, además de haber apelado de la resolución final.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con el que la mandante del recurrente fue legalmente citada, habiéndose apersonado dentro del proceso y prestado su declaración, además de haber apelado de la resolución final.
- III.2.
- III.3.
- 1º APROBAR