Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
II.1.
II.1. En mérito a la denuncia presentada el 5 de febrero de 2004 por Juan Carlos de Oliva Maya Alarcón (fs. 11 a 12 Anexo), Con el informe 18/04 de 19 de marzo de 2004, por decreto de 22 de marzo del pasado año el Director Distrital del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz ordenó una investigación previa contra la actora y otros, a cargo de Fernando Pinto Suárez (fs. 43 a 45 vta. Anexo), dentro de la cual aquélla envió un informe de 26 del mismo mes y año (fs. 59 Anexo), habiendo concluido esa fase con el informe previo 111/004 sin fecha (fs. 60 a 62 Anexo) que sugirió la apertura de proceso disciplinario contra la representada del recurrente y demás implicados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con el que la mandante del recurrente fue legalmente citada, habiéndose apersonado dentro del proceso y prestado su declaración, además de haber apelado de la resolución final.
- III.2.
- III.3.
- 1º APROBAR