Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
II.4.
II.4. El 17 de septiembre de 2004, el Director a.i. de la Unidad de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura decretó el cúmplase de la Resolución anterior, habiendo dispuesto el Director Distrital a.i. del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz la notificación con la misma a las partes, así como al Presidente de la Corte Superior y otras autoridades y su posterior archivo, mediante decreto de 27 de septiembre de 2004; actuados con los que la mandante del actor fue notificada el 30 del mismo mes y año en forma personal, poniendo su firma y sello (fs. 103 y vta. Anexo).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con el que la mandante del recurrente fue legalmente citada, habiéndose apersonado dentro del proceso y prestado su declaración, además de haber apelado de la resolución final.
- III.2.
- III.3.
- 1º APROBAR