Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1432/2005-R
Fecha: 11-Nov-2005
II.2.
II.2. Mediante la Resolución 52/2004, de 15 de abril (fs. 63 a 64, Anexo), el Director Distrital del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz designó a los miembros del Tribunal Sumariante, ahora recurrido, quienes luego de ser notificados, dictaron el Auto de Apertura de Proceso Disciplinario 55/2004 de 22 de abril, abriendo un término probatorio común a las partes y señalando audiencia para recibir las declaraciones informativas de los denunciados; Auto con el que la poderconferente del recurrente fue notificada el 29 de abril (fs. 66 y vta. Anexo), habiéndose apersonado el 30 de abril y prestado su declaración en la misma fecha, cual consta en el acta correspondiente (fs. 67 a 69 Anexo).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- con el que la mandante del recurrente fue legalmente citada, habiéndose apersonado dentro del proceso y prestado su declaración, además de haber apelado de la resolución final.
- III.2.
- III.3.
- 1º APROBAR