Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1474/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución SCII-113/2005, cursante de fs. 83 a 86 vta., pronunciada el 30 de abril por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Epifania Arancibia Mejía de Flores contra Javier Salinas Rodríguez, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, Oscar Barrios Sánchez y Lilian Paredes Gonzáles, vocales de la Sala Civil Primera de la misma Corte, denunciando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, la propiedad privada, la defensa y la garantía del debido proceso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- que el principio de inmediatez no importa la utilización discontinua o esporádica de los medios y recursos previos a la interposición del amparo, pues los reclamos deben ser interpuestos ante la instancia ordinaria o administrativa competente oportunamente, debiendo el agraviado por la lesión, hacer el seguimiento respectivo de su reclamo hasta agotar todas las instancias en el tiempo razonable,
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA