SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1512/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1512/2005-R

Fecha: 23-Nov-2005

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

El Juez recurrido informó que los datos del recurso no son ciertos, pues el representado del actor conocía la existencia del proceso penal seguido en su contra ya que se le buscó para ejecutar el mandamiento de aprehensión en varias oportunidades en la casa de sus suegros y en su domicilio de la calle Pedregal de la ciudad de La Paz, es más la cónyuge del condenado se apersonó al procesado solicitando se le otorgue un poco más de plazo a su esposo para que arregle el problema, a lo que se suma que el abogado de la coimputada es el actual abogado y recurrente, por consiguiente, no existió indefensión. Por último, señaló que carece de legitimación pasiva para responder al recurso ya que sólo le tocó emitir mandamiento de condena en virtud de una Sentencia ejecutoriada, haciendo constar la existencia de un memorial de nulidad pendiente que no fue resuelto por encontrarse en vista fiscal, pidiendo en definitiva la improcedencia del recurso.

Con la dúplica reiteró que no tiene legitimación pasiva para ser demandado ya que fueron otras las autoridades que llevaron a cabo el trámite del proceso, no siendo imputable a su autoridad el desempeño de los defensores de oficio y que si existió algún mal manejo del proceso por aquellos o por loe jueces, son ellos los que tienen que ser sancionados, remarcando que existe una Resolución pendiente que será resuelta inmediatamente sea devuelto el caso al Fiscal.