Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2005-R
Fecha: 01-Dic-2005
II.4.
II.4. Por memorial de 10 de octubre de 2005, Eveling Aparicia Iporre solicitó a la Jueza recurrida expida mandamiento de apremio por las pensiones devengadas (fs. 3). La autoridad judicial demandada por providencia de 11 de octubre, ordenó se libre el mandamiento de apremio hasta la cancelación de la suma de Bs1.400 (fs. 3 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- se dirimen derechos de cualquier clase ya para que se cumplan o reconozcan, ya para poner término a litigios comenzados o por comenzar, siempre que no esté prohibida por ley”.
- El tribunal o juez se limitará a examinar si se han cumplido los requisitos exigidos por la ley para la validez de la transacción, y estando cumplidos la homologará.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR