SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1550/2005-R

Fecha: 01-Dic-2005

improcedente

La Resolución cursante de fs. 70 a 71 vta., de acuerdo con el requerimiento fiscal, declaró improcedente el recurso,  bajo los siguientes fundamentos: 1) la autoridad judicial al disponer la homologación del documento privado transaccional de 10 de febrero de 2005, se basó en las disposiciones contenidas en los arts. 314 y 315 del CPC, así como en los arts. 519, 945 y 1297 del CC y si bien el citado Auto no fue suscrito dentro de un procedimiento previsto en el Código de familia, como constituiría una demanda de asistencia familiar, no es menos cierto que en el trámite señalado existen actos consentidos por el recurrente que causaron estado y tuvieron como efecto la ejecutoria tácita de las resoluciones dictadas por la Jueza recurrida; 2)  como resultado de no haber cancelado la suma que arrojó la liquidación practicada por los meses que adeuda por concepto de asistencia familiar, comprometida mediante la suscripción del documento transaccional de 10 de febrero, se emitió el mandamiento de apremio contra el recurrente; siendo evidente que la Jueza recurrida actuó en previsión del principio universal del interés superior del niño, máxime si el recurrente incurrió libre y expresamente en actos consentidos, por lo que no corresponde otorgar la tutela demandada.