Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1579/2005-R
Fecha: 08-Dic-2005
II.1.
II.1. El 5 de octubre de 2004 (fs. 18) Teofilo Tejerina Ovando presentó denuncia formal contra Emilio Cáceres Ordoñez -ahora recurrente- por el supuesto delito de estafa; por lo que el 19 de octubre de 2004 (fs. 21) se libró orden de citación de comparendo para que se presente a prestar su declaración informativa el 22 de octubre de 2004.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Modesto Ruiz Pedraza y Alberto Cornejo Ferrufino, Juez de Instrucción de Portachuelo y Fiscal de la Provincia Sara con asiento en Portachuelo, respectivamente,
- a)
- “negó”
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- por lo que, frente a una petición efectuada por el imputado, en sentido de que se pronuncie sobre la legalidad de su detención, el juez está impelido, antes de pronunciar la resolución sobre cualquier medida cautelar, a analizar (…) la legalidad formal (…) material de la aprehensión (…)
- ,
- ya sea citando previamente al imputado para que preste su declaración, como prevé el art. 224 del CPP,
- III.2.
- III.3.