SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1585/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1585/2005-R

Fecha: 07-Dic-2005

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente solicita tutela a sus derechos a la libertad física, a la libertad de  locomoción, a la defensa y a no ser condenado sin haber sido oído y juzgado en debido proceso, consagrados en los arts. 6.II y 16 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados, pues en base a un documento que firmó por su ignorancia en materia legal, una persona que acordó con su esposo riesgo compartido para un trabajo de tala de árboles que fracasó, les inició proceso dentro del cual pese a que se conocía su domicilio real, no se les notificó en el mismo, sino por edicto cuando no se prestó el juramento de desconocimiento de domicilio, provocando con ello que fuera declarada rebelde, situación que se reiteró en el plenario, donde el Juez de Partido no ejerció su facultad impuesta por el art. 15 de la LOJ, es más los defensores de oficio designados no asumieron ninguna defensa dejando que se la condenara, ni interpusieron recurso contra la Sentencia por lo que adquirió ejecutoria lo que motivó que finalmente se la privara de su libertad, cuando jamás tuvo conocimiento del proceso. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.