SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2005-R
Fecha: 15-Dic-2005
II.2.
II.2. Por requerimiento de 24 de marzo de 2005 (fs. 5), la recurrida fiscal Rose María Barrientos Ruiz, solicitó al Juez de Instrucción en lo Penal de turno orden de allanamiento, registro o requisa de las casas comerciales ubicadas en la zona del mercado Los Pozos, en las calles Campero, Aroma, Charcas y 6 de Agosto, argumentando que el Ministerio Público hubiera tomado conocimiento de que en ese lugar se comercializaban objetos sustraídos en diferentes domicilios para luego de ofrecidos ser entregados a precios ínfimos, además que las acciones del Ministerio Público estaban dirigidas a la lucha contra la economía del delito, a establecer la legalidad y licitud en los comercios y sobre todo a garantizar a los verdaderos propietarios de los objetos sustraídos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- I.-
- III.1.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.2.
- III.3.