SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2005-R
Fecha: 15-Dic-2005
III.3.
III.3. Por último, con referencia a una supuesta indebida detención y enmanillamiento el día del operativo del secuestro de los bienes incautados así como la ilegal persecución denunciada por el actor a consecuencia de la interposición del presente recurso que implicaría una vulneración a su derecho a la libertad tal como lo sostuvo al ampliar su demanda, cabe recordar que este Tribunal Constitucional ha establecido que: “a fin de precautelar el ámbito claro de aplicación de los recursos constitucionales consagrados por los arts. 18 y 19 CPE, no corresponde, a través de un amparo, pretender la protección de la libertad personal, al encontrarse este derecho fundamental tutelado por el hábeas corpus” (SSCC 1814/2004-R, 1125/2004-R y 1089/2004-R, entre otras, en la línea del AC 211/1999-R, de 5 de octubre), por lo que no corresponde a través de la presente acción tutelar considerar ese aspecto.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- I.-
- III.1.
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.2.
- III.3.