SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2005-R

Fecha: 15-Dic-2005

actuación que se cumplió sin la presencia de un representante estatal de protección al menor, pese a que su concurrencia en los términos señalados en el art. 85 del CPP, constituye un requisito de validez

En mérito a la imputación formal, el 24 de julio de 2005 se desarrolló la audiencia de consideración de medidas cautelares, actuación que se cumplió sin la presencia de un representante estatal de protección al menor, pese a que su concurrencia en los términos señalados en el art. 85 del CPP, constituye un requisito de validez, teniendo en cuenta que si bien la imputada es mayor de dieciséis años, es menor de dieciocho y por lo tanto sujeta a las normas especificas que establecen formas de protección efectiva al menor, en cuyo mérito la autoridad judicial demandada al no haber observado dicha formalidad cuya inobservancia se halla sancionada con nulidad, incurrió en una ilegalidad que incide sobre el derecho a la libertad de la representada de los recurrentes, por lo que corresponde otorgar la tutela prevista por el art. 18 de la CPE, debiendo disponerse en consecuencia se reparen los defectos legales.