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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1627/2005-R

    Fecha: 15-Dic-2005

    (inasistencia)

    Que, por consiguiente, el que se haya llamado la atención a la representante estatal por su ausencia en la audiencia de medidas cautelares y el haberse continuando con la celebración de la misma, no subsana la omisión que por Ley está sancionada con nulidad; todo lo que determina que la privación de libertad del menor …” “(…) se encuentre vinculada a esa inobservancia (inasistencia) y en este punto hace viable la protección demandada.”.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • a)
    • III.1.
    • (inasistencia)
    • III.2.
    • actuación que se cumplió sin la presencia de un representante estatal de protección al menor, pese a que su concurrencia en los términos señalados en el art. 85 del CPP, constituye un requisito de validez
    • III.3.
    • III.4

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