SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1644/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1644/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

III.3.

III.3.   Cabe dejar claro que en cuanto al derecho de petición también invocado como lesionado por el recurrente, se concluye que las notas enviadas por el representante de “Amaszonas S.A.” a la Dirección General  de Aeronáutica Civil fueron respondidas; empero, las solicitudes que no tuvieron respuesta fueron las remitidas al Viceministro de Transportes, cuyo titular no ha sido demandado motivo por el que no puede analizarse la vulneración del referido derecho.