SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1691/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 19 de abril de 2005, el actor en su primera actuación en el proceso y apersonándose por Beatriz Marcela Ribera Gutiérrez, interpuso incidente de recusación contra el Juez Primero de Instrucción en lo Civil, por estar comprendido en las causales previstas por el art. 3 incs. 7) y 11) de la LAPCAF (fs. 10 y vta.); ante lo cual la citada autoridad judicial emitió Auto de 22 de abril de 2005, por el que determinó no allanarse a la recusación en su contra, señalando que no estaba plenamente demostrado de que la denuncia interpuesta en su contra no hubiese sido con la finalidad de luego recusarlo y que además, la misma fue realizada con posterioridad a la iniciación del proceso principal (fs.11 y vta.).