Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.2.
II.2. El 21 de julio de 1992 el Tribunal referido mediante decreto, señaló audiencia de confesión (fs. 40), con el que se notificó al recurrente Ismael Gómez Colque en el tablero de notificaciones; posteriormente, se dictó el mandamiento de detención formal el 19 de junio de 1992, el 1 de agosto el Oficial de Diligencias representó que Ismael Gómez Colque y otros no fueron habidos en los “lugares públicos de mayor afluencia” (sic) como “la estación de ferrocarril, terminal de buses, plazas, mercados ,etc.” (sic), donde fueron buscados, refirió que por ello presumió su ocultación (fs. 59 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- es dirigido contra una autoridad distinta pero de la misma institución, rango o jerarquía e idénticas atribuciones, a la que cometió efectivamente el acto ilegal,
- sólo tiene legitimación pasiva la autoridad que cometió el acto ilegal o la omisión indebida
- III.5
- III.6.
- 3º DISPONE