SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1695/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

procedente

La Sentencia 14 /2005, pronunciada el 16 de julio de 2005 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, declaró procedente el recurso y dispuso anular obrados hasta fs. 40, inclusive, sólo con referencia al recurrente hasta que el Tribunal efectúe nueva audiencia de confesión, debiendo hacerle conocer el contenido del Auto de Apertura de Proceso y su libertad  inmediata, con la siguiente fundamentación: a) evidentemente en el caso presente se han vulnerado los derechos constitucionales consagrados en el art. 16 de la CPE  pertinentes al debido proceso, el derecho a la defensa, el derecho del recurrente a conocer el contenido de la acusación que pesa en su contra; b) como consecuencia de un anómalo procedimiento el recurrente viene guardando detención, en mérito a un mandamiento de condena expedido en un proceso penal en el que no se ha cumplido con el derecho a la defensa; c) las autoridades jurisdiccionales ni los funcionarios que ejecutaron el mandamiento de condena procuraron de manera diligente y responsable que el procesado sea notificado en forma legal para que asuma conocimiento del caso, dado que fue buscado en lugares donde previsiblemente no pudo  ser habido; d) la defensa no se la ejercita con la designación del defensor de oficio sino por los actos efectivamente realizados por éste, lo que en el caso de autos no existió; e) lo que motivó que el recurrente sea juzgado en completo estado de indefensión en el que se dictó Sentencia condenatoria; y f) de lo que se evidencia que son evidentes las violaciones a las garantías constitucionales.