SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1696/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1696/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

el actor tenía pleno conocimiento de la tramitación del proceso ejecutivo,

Es decir que el actor tenía pleno conocimiento de la tramitación del proceso ejecutivo, de modo que le asistía toda la potestad de apersonarse y efectuar los reclamos que considere conducentes al resguardo de sus derechos y garantías dentro de la tramitación del juicio ejecutivo, pero no lo hizo y acudió directamente a esta acción tutelar, no pudiendo pretender ahora subsanar su negligencia con este recurso constitucional, que no puede ser concedido dado su carácter subsidiario, que implica que procede única y exclusivamente cuando se han agotado los recursos y medios existentes para que la persona exija se respeten los derechos y garantías que estima conculcados, cuando la ley no contempla ningún otro recurso o medio, o cuando existiendo esos medios, no le aseguren la inmediatez y eficacia necesaria en la protección frente a un inminente e irreparable daño, lo que no ocurre en la especie, no siendo posible ingresar a examinar el fondo de la problemática, dado que -se reitera- el demandante no ha agotado los medios que la ley le franquea para defender sus intereses y derechos.