SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1696/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1696/2005-R

Fecha: 19-Dic-2005

II.5.

II.5.  De acuerdo a lo aseverado en forma coincidente entre el recurrente, en su demanda y en audiencia, y el Juez recurrido, en el informe escrito que remitió ante el Tribunal de amparo -toda vez que no cursa en el cuaderno procesal literal alguna referida a ese hecho- se determinó la notificación del recurrente mediante edictos, con el señalamiento de la audiencia de remate en el proceso ejecutivo, aunque no se procedió previamente a tomar el juramento de la ejecutante sobre el desconocimiento de domicilio de Hsin Hsiung Chien Ko.