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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1697/2005-R

    Fecha: 19-Dic-2005

    I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

    Los recurrentes, a través de su abogado, ratificaron los términos de su demanda y los ampliaron manifestando que la jurisprudencia constitucional desde la SC 83/2003, exige que para la existencia de cosa juzgada deben concurrir las tres identidades, es decir, sujeto, objeto y causa, de las cuales en el presente caso sólo existe identidad de objeto, no siendo aplicable lo dispuesto por el art. 96.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC). 

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • a)
    • procedente en parte
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • b)
    • si bien
    • 0919/2005-R,

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