Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1698/2005-R
Fecha: 19-Dic-2005
II.4.
II.4. Por Auto de 1 de noviembre de 2005, la vocal recurrida, rechazó el recurso de apelación incidental interpuesto por el representado del recurrente exponiendo que no fue fundamentado debida y jurídicamente, y que tampoco se cumplió con el art. 404 del CPP, dado que no se acompañó prueba, por lo cual era inadmisible (fs. 17).