Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2005
Fecha: 11-Feb-2005
II.5.
II.5. El Informe Co. Part. Pop. 001/2004-2005, de 31 de agosto de 2004 (fs. 107 y 108), emitido por la Comisión de Participación Popular, Gobiernos Locales y Descentralización del Senado Nacional, recomendó mantener suspendidos los desembolsos de coparticipación tributaria por la falta de presentación de los descargos correspondientes a las observaciones efectuadas por el Comité de Vigilancia de Palos Blancos. Idéntica recomendación contiene el Informe Secretario Técnico 007/2004-2005, de la Comisión de Participación popular del Senado, fechado en 13 de septiembre de 2004 (fs. 136 y 137), en el que se mencionan las RRSS 013/04-05 y 014/04-05, ambas de 15 de septiembre.
- recurso contra resoluciones congresales o camarales
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- admitido
- II.1.
- II.2.
- Fragmento 10
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- proceso justo y equitativo
- cuando se tenga que someter a una persona a un procedimiento en el que deberá determinarse una responsabilidad
- SC 1984/2004-R, de 17 de diciembre,
- los actores no están sometidos a un proceso en el ámbito judicial o administrativo para alegar una vulneración al derecho a la garantía del debido proceso,
- Sin embargo,