SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2005-R

Fecha: 02-Feb-2005

Fragmento 14

          De los fundamentos expuestos, este Tribunal Constitucional llega a la firme convicción de que en el presente caso, la denuncia de lesión a los derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica y a la igualdad no existió, pues en el fondo de la problemática resuelta se concluye que el recurrente no asumió su defensa por una expresión de su libre determinación, por tanto no puede alegar indefensión e indebido procesamiento, así como tampoco supresión o restricción de sus demás derechos, por ello, de acuerdo a las normas previstas por el art. 19 de la CPE, los elementos fácticos analizados, no se adecuan a los presupuestos jurídicos que hagan procedente la tutela solicitada, debiendo ser declarado improcedente el recurso incoado.