Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0109/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
II.3.
II.3. El 4 de julio de 2001, el recurrido señaló audiencia preparatoria de juicio para el 23 de julio, proveído que no fue notificado al recurrente, pues el Oficial de Diligencias representó que se desconocía su domicilio (fs. 31 y 32); posteriormente en audiencia de 1 de noviembre de 2001 ante la inasistencia del recurrente, el recurrido ordenó se lo cite y emplace por edictos de acuerdo a las normas previstas por el art. 250 del Código de procedimiento penal de 1972 (CPP.1972) (fs. 33); y el 30 de noviembre se publicó el edicto dispuesto por el Juzgador recurrido (fs. 34).