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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0117/2005-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0117/2005-R

    Fecha: 02-Feb-2005

    I.2.1. Ratificación del recurso

    El abogado del recurrente ratificó los argumentos de su demanda y señaló que éste no fue denunciado ni querellado en el proceso penal instaurado por Nemecia Lizarazu Zurita, y al haberse declarado la prescripción de la acción penal en el referido proceso, se entiende que la prescripción opera para todos es decir, autores, cómplices y encubridores.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.3.2.
    • II.3.3.
    • III.1.
    • III.2.
    • III.2.1. Sobre los requisitos de validez del mandamiento de condena
    • suspensión de la ejecución de los mandamientos de condena a través de la circular 84/2004
    • Fragmento 16
    • III.2.2. Sobre la extinción de la acción penal por prescripción, denunciada por el recurrente
    • APROBAR

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