Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
II.13.
II.13. Por Auto Administrativo 4/2003, de 15 de diciembre de 2003, se dispuso la reposición de obrados del proceso, concediendo cinco días al contribuyente y a las dependencias de Impuestos Internos para la presentación de copias legalizadas de los documentos que se encuentren en su poder (fs. 107), siendo notificado en forma personal el actor (fs. 108).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO