Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2005-R
Fecha: 02-Feb-2005
II.18.
II.18. Por Resolución 043/2004, ante las representaciones efectuadas (fs. 163, 164) el recurrido dispuso la notificación del actor mediante cédula con el Auto de 2 de agosto de 2004 (fs. 165), diligencia que se efectuó el 17 de agosto de 2004 (fs. 166). Igual trámite se observó para la notificación con el Auto 07/04 de 8 de julio de 2004 (fs. 169-171).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO